¿Qué clase de vehículos especiales están exentos de llevar obligatoriamente luces indicadoras de dirección?
Alumbrado
Explicacion
Los **vehículos especiales** que están exceptuados de llevar luces indicadoras de dirección de forma obligatoria son aquellos en los que se puede señalizar con el brazo los cambios de dirección. Esto se debe a que estos vehículos, al poder usar el brazo para indicar sus intenciones, no necesitan depender exclusivamente de las luces para comunicar sus movimientos a otros conductores.
En contraste, los vehículos que superan ciertos pesos o medidas, como aquellos cuya **MMA (Masa Máxima Autorizada) supere los 4500 kg**, no están exentos de llevar luces indicadoras, ya que su tamaño y peso requieren medidas adicionales de seguridad para garantizar que sus movimientos sean claramente visibles para otros usuarios de la vía.
Por otro lado, los vehículos que realizan **trabajos agrícolas** tampoco están exentos de esta obligación simplemente por la naturaleza de su trabajo. La normativa se centra en la capacidad de señalización manual como criterio para la exención, no en el tipo de trabajo que realiza el vehículo.
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