¿Es obligatorio que un automóvil que circula en servicio particular lleve un extintor como parte de su equipamiento?
Conducción preventiva y eficiente - observación y ahorro
Explicacion
No es obligatorio llevar un extintor en un **turismo** o en una **motocicleta** que circula en servicio particular.
- En los vehículos de uso particular, como los turismos y motocicletas, se requiere llevar ciertos elementos de seguridad, como **triángulos de emergencia**, un **chaleco reflectante** y una **rueda de repuesto**. Sin embargo, un extintor no está incluido en esta lista de equipamiento obligatorio.
- Aunque es recomendable llevar un **botiquín de primeros auxilios**, no se menciona la necesidad de un extintor para estos tipos de vehículos.
Por lo tanto, la respuesta correcta es que no es obligatorio llevar un extintor en un turismo o motocicleta de uso particular.
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