Al volver a incorporarnos a la circulación, ¿se permite circular marcha atrás más de quince metros?
Incorporación a la circulación
Explicacion
Para reincorporarse a la circulación, **no está permitido circular más de quince metros hacia atrás**. La marcha atrás está restringida a situaciones muy específicas:
- **Aparcar el vehículo**: Puedes usar la marcha atrás para maniobrar al estacionar, pero no debes exceder los quince metros.
- **Imposibilidad de avanzar**: Si no puedes avanzar ni cambiar de dirección, como en una calle cortada por obras, puedes retroceder, pero siempre dentro del límite de quince metros.
Además, al dar marcha atrás, debes asegurarte de que no hay peligro para otros conductores o peatones y detenerte si surge alguna situación de riesgo. En autopistas y autovías, la marcha atrás está completamente prohibida. Por lo tanto, la respuesta correcta es que **no se puede circular más de quince metros hacia atrás**.
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