En una carretera convencional sin separación física entre los dos sentidos de circulación, un turismo, ¿puede rebasar la velocidad máxima genérica para adelantar a un vehículo que circula a 90 km/hora?
Velocidad
Explicacion
En una **carretera convencional sin separación física** de los dos sentidos de circulación, la **velocidad máxima permitida para un turismo** es de **90 km/h**. Esto se establece para garantizar la seguridad y reducir la gravedad de los accidentes.

- Cuando un vehículo ya circula a esta velocidad máxima permitida, no es posible superarla para adelantar, ya que hacerlo violaría las normas de tráfico y pondría en riesgo la seguridad vial.
- Por lo tanto, si un turismo ya está circulando a 90 km/h, no se puede aumentar la velocidad para adelantarlo, ya que se estaría excediendo el límite establecido para ese tipo de vía.
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