Siempre que el recorrido hacia atrás no exceda de 15 metros ni invada un cruce de vías, podrá circular marcha atrás...
Marcha atrás
Explicacion
La **marcha atrás** está generalmente prohibida en las vías, pero hay excepciones específicas donde se permite. Una de estas excepciones es cuando se realiza como **maniobra complementaria de la parada**. Esto significa que puedes dar marcha atrás para ajustar la posición de tu vehículo después de haber parado, por ejemplo, al estacionar.
- Es importante que esta maniobra no supere los **15 metros** y que no invada un **cruce de vías**.
- Debes realizarla a **muy baja velocidad** y asegurarte de que no haya peligro para otros conductores o peatones.
- Si surge cualquier situación de peligro, como la aproximación de otro vehículo o peatón, debes detener la maniobra inmediatamente.
En resumen, la marcha atrás como maniobra complementaria de la parada es una excepción permitida, siempre que se cumplan las condiciones de seguridad y distancia mencionadas.
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